acuerdos de juntas de jueces sobre el ejercicio de la custodia y del régimen de visitas durante el estado de alarma


coronavirus. ACUERDOS DE LAS JUNTAS DE JUECES EN RELACION A LA CUSTODIA Y REGIMEN DE VISITAS DE LOS MENORES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

 

 

Abundando anteriores comentarios de esta página sobre los criterios aplicables en relación a las medidas en relación a los hijos menores, establecidas en procedimientos de familia durante el estado de alarma, volvemos a mencionar los distintos acuerdos aprobados por distintas Juntas de Jueces de nuestro país.

 

Los distintos acuerdos de Juntas de Jueces, arrojan los siguientes resultados (entre paréntesis, Juntas a favor, y Juntas en contra):

 

·         Custodia compartida: 77% a favor de mantenerla (+34; -10).

 

·         Visitas de fines de semana alternos con pernocta: 69% a favor de mantener los traslados para ejercer las visitas (+29; -13).

 

·         Visitas intersemanales sin pernocta: 8% a favor de mantenerlas (+3; -35).

 

·         Visitas intersemanales con pernocta: 42% a favor de mantenerlas (+15;-21).

 

·         Régimen de visitas de los abuelos: 0% a favor de mantenerlas (+0;-11).

 

·         Visitas en los puntos de encuentro: todos en contra de mantenerlas (-26), y una Junta (Granada) a favor de que se lleven a cabo en otro lugar.

 

Por tanto, sigue siendo mayoritario a día de hoy el criterio general de que están permitidos los desplazamientos para entregar y recoger a los menores tanto en regímenes de custodia compartida, como en las visitas de fines de semana alternos con pernocta, y todo ello indudablemente cumpliendo el aislamiento de los menores en el domicilio del progenitor con el que se encuentren, y garantizando la seguridad sanitaria en los desplazamientos.

 

Se reitera que los acuerdos que se pronuncian a favor del mantenimiento tanto de los regímenes de custodia compartida como de visitas de fines de semana alternos con pernocta, establecen que la documentación válida y necesaria para justificar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado los traslados de los menores en las entregas y recogidas, será la copia de la resolución judicial que establezca tal custodia compartida, o tales visitas.

 

 

 

César Sánchez Sánchez (Abogado).