Criterios jurisprudenciales para adoptar o denegar la Custodia Compartida.-                    César Sánchez Sánchez y Mar Vega Ramiro


Presentación


 

Comentamos en este apartado toda una serie de relevantes Sentencias de Tribunal Supremo, donde se establecen cuáles son los criterios existentes para que pueda adoptarse la decisión de establecer la custodia compartida sobre los hijos comunes, o en su caso para denegarla.

 

Las Sentencias que analizaremos nos resaltan determinadas cuestiones básicas como son:

 

1º. Que la Custodia Compartida no solo no debe entenderse como una medida excepcional, sino como el régimen normal y deseable a la hora de regular estas cuestiones.

 

2º. Que el sistema a la hora de decidir sobre el tipo de custodia a establecer, debe aproximarse al modelo anterior antes de la ruptura, en el que lo común era que ambos progenitores compartieran tiempos y obligaciones con la prole conjunta.

 

3º. Que quien solicita la Custodia Compartida debe ofrecer un plan contradictorio sobre los pormenores en que va a consistir la custodia compartida, y debe concretar una forma y contenido de su ejercicio.

 

4º. Que el pronunciamiento judicial para acordar o no la Custodia Compartida, debe fundarse siempre en el interés de los menores.

 

5º. Que la Custodia Compartida no puede denegarse solo en base a la mala relación entre los padres, salvo que esa mala relación perjudique el interés de los menores

 

6º. Que la Custodia Compartida se deniega en supuestos en que las residencias de los padres estén tan alejadas entre si, que no solo se dificulte el sistema, sino que lo haga inviable, como sucede en el caso de residencia de los padres en provincias no limítrofes.

 

7º. Que la Custodia Compartida no se puede adoptar en casos de que exista una condena por violencia de género.

 

En la columna lateral se tiene acceso al detalle de las distintas resoluciones del Tribunal Supremo que desarrollan estas importantes cuestiones.

 

 

 


Contenido de esta Sección

PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL SUPREMO


 

  • 1º.- Sentencia Tribunal Supremo 29 de abril de 2.013: La custodia compartida no es una medida excepcional, sino el régimen normal y deseable. Leer más

 

  • 2º- El sistema de aproximarse al modelo existente antes de la ruptura. Leer más

 

  • 3º- Necesidad de aportar un Plan Contradictorio. Leer más

 

  • 4º- El pronunciamiento judicial debe fundarse en el interés de los menores. Leer más

 

  • 5º- No puede denegarse solo en base a la mala relación entre los padres. Leer más

 

  • 6º- Supuestos de gran distancia geográfica entre los domicilios de los padres, como causa de denegación en el caso de residencia de los padres en provincias no limítrofes. Leer más

 

  • 7º- No se puede adoptar la Custodia Compartida en casos de existencia de condena por Violencia de Género. Leer más