Modelo de Demanda solicitando la reducción de la pensión de alimentos fijada hacía 15 años, al asumir el padre en la actualidad el 100% de los gastos de formación universitaria del hijo.                                      Telf. 649 260 997 cesarsasanchez@gmail.com

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Abogado de Divorcios en Madrid
Abogado en Madrid

 

 

Os facilito un primer Modelo de demanda  de Modificación de Medidas en la que el padre solicita la reducción de la pensión de alimentos establecida en un primer procedimiento de familia, por alteración de las circunstancias, habida cuenta que  la pensión inicial se estableció cuando el hijo apenas tenía 3 años (de hecho se pagaba en pesetas por aquel entonces), y en el momento de la demanda de modificación de medidas el hijo ya era mayor de edad, continuando su formación universitaria que costeaba totalmente el padre. Si bien el hijo continuaba siendo económicamente dependiente, el padre estaba asumiendo en su integridad, e iba a seguir asumiendo hasta su finalización, el mayor gasto que generaba el hijo, como era su formación académica en una universidad privada.

   

Espero que sea de vuestro interés.

 

César Sánchez Sánchez 

Abogado Matrimonialista

 


 

Procedimiento previo:

Divorcio de mutuo acuerdo XXXX

 

 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

NÚMERO XXXX DE MADRID

 

 

       DÑA. XXXX Procuradora de los Tribunales y de D. ISAAC XXXX, tal y como se acreditará mediante poder APUD ACTA, en fecha y hora que por este Juzgado se señale al efecto, actuando bajo la dirección letrada del abogado perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, D. César Sánchez Sánchez, Colegiado 49.711, y como mejor y más procedente sea en términos de Derecho DIGO:

 

Que en la representación que ostento, por medio del presente escrito, y en base a los artículos 90, 91 del Código Civil y artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, vengo a formular demanda de SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS contra DOÑA SEVERINA XXXX, con DNI XXXX y con dirección en XXXX, en la calle XXXX, acordadas en la Sentencia de fecha XXXX de 2004, en los Autos de divorcio de mutuo acuerdo número XXXX,  todo ello sobre la base de los siguientes,

 

HECHOS 

 

PRIMERO.- Que mi representado y la demandada mantuvieron una relación conyugal, fruto de la cual nació el hijo de ambos, PABLO, nacido el día XXXX de 20XX, que actualmente tiene 18 años de edad.

 

Se aporta como DOC.Nº1 Certificado de nacimiento del hijo.

 

SEGUNDO.- Que debido a una serie de desavenencias que no vienen al caso exponer, los cónyuges decidieron presentar en su día demanda de separación, que fue tramitada en los en Juzgado de Primera Instancia número XXXX de XXXX, que dictó Sentencia  de mutuo acuerdo en autos XXXX, por medio de la cual se declaraba la separación del matrimonio y se aprobó el convenio regulador presentado. En este sentido y a los efectos legales oportunos, dejamos testimoniados los Autos referidos.

 

En la Cláusula tercera de dicho convenio regulador se establece “D. ISAAC XXXX abonará a Dña. SEVERINA XXXX, en concepto de alimentos para el hijo la cantidad de XXXX PESETAS MENSUALES (XXXX pesetas).” Es decir, XXXX euros.

 

Se adjunta como DOC.Nº2 y a efectos ilustrativos copia del convenio regulador suscrito por ambos progenitores con fecha XXXX de 20XX.

 

 

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Contacta llamando al 649 260 997 o cumplimentado el siguiente formulario 


Atención: Los campos marcados con * son obligatorios.



 

             TERCERO.- Que con posterioridad y ante el Juzgado que nos encontramos, de Primera Instancia número XXXX de XXXX, fue dictada Sentencia de fecha XXXX de 20XX, en el seno de los Autos de divorcio de mutuo acuerdo XXXX en virtud de la cual, se decretó el divorcio de los cónyuges y se aprobó el convenio regulador de divorcio de fecha XXXX de 20XX suscrito por las partes.

 

 

Se aporta como DOC.Nº3, copia de la Sentencia dictada en los Autos referidos, así como copia del convenio de fecha XXXX de 20XX aprobado judicialmente, y se dejan testimoniados los Autos a los efectos legales oportunos.

 

 

De la lectura del propio convenio regulador suscrito en el año 2004, se desprende que los progenitores decidieron mantener en todo aquello que procediera y no hubiera quedado obsoleto, las mismas estipulaciones que en el convenio regulador de separación de fecha XXXX de 20XX, incluida la pensión alimenticia de PABLO, incrementada con el IPC correspondiente al tiempo transcurrido.

 

 

En dicho convenio regulador suscrito por los progenitores,  en su estipulación “CUARTA”, se estableció que:

 

 

·       “D. ISAAC XXXX ABONARÁ EN CONCEPTO DE ALIMENTOS PARA EL HIJO LA CANTIDAD MENSUAL DE XXXX DE EUROS (XXXX Euros)”.  Actualizable conforme al IPC y que era la misma cantidad que se venía abonando según convenio regulador de separación de fecha XXXX de 20XX.

 

 

 

·       “LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS DEL HIJO, TANTO DE EDUCACIÓN COMO DE SANIDAD, SERÁN ABONADOS AL 50% POR AMBOS PROGENITORES PREVIO ACUERDO ENTRE LAS PARTES”.

 

 

 

 

 

CUARTO.- DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL HIJO PABLO QUE TIENE 18 AÑOS DE EDAD.

 

 

Debemos manifestar que en la fecha actual mi mandante abona una pensión de alimentos a favor de su hijo, que actualizada asciende al importe mensual de XXXX euros, pagadera en 12 mensualidades.

 

 

 

En este contexto y tras la finalización de los estudios de segundo de bachillerato el pasado curso 2017-2018, y no alcanzándole la nota media para acceder a ninguna carrera universitaria que le gustase en ninguna universidad pública, el hijo PABLO decidió estudiar la carrera universitaria de XXXX que se imparte en la Universidad XXXX y cuyo coste mensual asciende a XXXXeuros (x 10 mensualidades), y la matrícula XXXX euros y así se lo manifestó a ambos progenitores.

 

 

En aras a dar solución a las necesidades de su hijo, que finalmente ha comenzado el curso universitario 20XX-20XX en la Universidad XXXX, mi mandante propuso a Dña. SEVERINA evaluar la nueva situación, para llegar aún acuerdo, al igual que en 20XX cuando se separaron, o en 20XX cuando se divorciaron, que fuese justo para ambas partes.

 

 

Los progenitores finalmente solo llegaron al acuerdo de abonar el pago de la universidad al 50%, negándose la parte demandada a consensuar una reducción de la pensión alimenticia, a sabiendas de que una gran parte de ésta está dedicada para gastos de educación.  

 

 

Se aporta como DOC.Nº4 email remitido por mi representado a Dña. SEVERINA con fecha XXXX de 20XX, en aras a buscar una solución sobre el pago de la universidad de PABLO.

 

 

Como DOC.Nº5, se adjunta burofax remitido a mi mandante con fecha XXXX de 20XX, en virtud del cual se asume el pago de la universidad al 50% por ambos progenitores.

 

 

 

En este contexto, y considerando que los gastos de educación son gastos ordinarios, incluidos en la pensión alimenticia, debemos poner de manifiesto que anteriormente al inicio del curso de la carrera universitaria, PABLO cursaba sus estudios en el Colegio XXXX, abonándose una cuota mensual de XXXX euros, asumiendo e incluyéndose este pago, como no puede ser de otra manera, como gasto ordinario incluido en el pago de la pensión alimenticia que abona mi mandante.

 

 

Para acreditar tal extremo, se adjunta como DOC.Nº6, Certificado emitido por el Colegio XXXX, donde se acredita el importe de escolaridad, material escolar, seguro de accidentes, excursiones y Apa del Colegio, quedando patente que en concepto de gastos escolares, se abonó durante el curso 20XX/20XX, el importe ANUAL de XXXX euros.

 

 

 

Sin embargo y dado que la demandada no ha accedido a modular el importe de la pensión alimenticia, en tanto en cuanto, los gastos de universidad se han asumido al 50% por ambos progenitores, actualmente mi representado se ve obligado al pago del importe mensual de XXXX euros en concepto de pensión de alimentos y XXXX euros en concepto de gasto universitario, lo que asciende al total de XXXX EUROS mensuales, mientras que durante la vida escolar de PABLO el pago de las cuotas escolares se ha integrado con el importe de la pensión alimenticia que mi representado abona.

 

 

 

Todas las cantidades que está abonando mi representado, pensión alimenticia de XXXX euros mensuales por 12 mensualidades, más XXXX euros de gastos universitarios, suponen un importe ANUAL de XXXX euros. Entendemos que es una cuantía sobredimensionada en relación con las necesidades actuales del hijo, máxime teniendo en cuenta que en la matrícula universitaria están incluidos los gastos de material y equipos necesarios para la formación de PABLO, tales como apuntes, tabletas gráficas, ordenadores especiales, programas de software específicos, así como está incluido el gasto de trasporte privado hasta la universidad sita en XXXX

 

 

 

Además es importante manifestar, que dada la edad del hijo que actualmente ha alcanzado la mayoría de edad, y como la madre conoce, éste reside gran parte del tiempo en el domicilio de su padre, asumiendo éste todos los gastos inherentes a su cuidado y alimento.

 

 

 

QUINTO.- DE LA SITUACIÓN DE AMBOS PROGENITORES.

 

 

D. ISAAC XXXX, al momento de dictarse la Sentencia de divorcio de fecha XXXX 20XX percibía unos ingresos por rendimientos del trabajo de XXXX euros brutos anuales.

 

 

Se adjunta declaración de la renta de mi representado correspondiente al año 20XX como DOC.Nº7.

 

 

Asimismo, al momento de consensuar con la parte demandada en convenio regulador de separación de fecha XXXX de 20XX la Pensión alimenticia de PABLO, que es la que en la actualidad percibe incrementada con el IPC correspondiente, percibía unos ingresos por rendimientos del trabajo de XXXX euros brutos anuales.

 

 

A efectos ilustrativos, se adjunta declaración de la renta de mi representado correspondiente al año 20XX como DOC.Nº8.

 

 

 

En el año 20XX, el Sr. XXXX ha percibido unos ingresos de XXXX euros brutos anuales.

 

 

Se adjunta declaración de la renta de mi representado correspondiente al año 20XX como DOC.Nº9.

 

 

Sin embargo, y como se acredita con las últimas 12 nóminas, que se adjuntan como DOC.Nº10, actualmente el Sr. XXXX percibe unos ingresos por rendimiento del trabajo de XXXX BRUTOS anuales, lo que supone unos ingresos NETOS mensuales de media de XXX EUROS.

 

 

Con estos datos, podemos afirmar que su salario NO ha experimentado una variación conforme al IPC y que en el periodo de vida de la pensión alimenticia, de 20XX a 20XX, mi representado a perdido más del 22% de poder adquisitivo, mientras que la pensión alimenticia se ha actualizado año tras año conforme a las variaciones del IPC.

 

 

 

Asimismo, debemos poner de manifiesto y como se desprende de la lectura de la clausula quinta del convenio regulador de separación suscrito por los progenitores en el año 20XX, y que ha sido aportado como documento número 2 de la presente demanda, por común acuerdo de las partes, decidieron proceder a la venta de la vivienda que había constituido domicilio familiar familiar y adjudicar el remanente en 2/3 a la madre y al hijo y 1/3 al padre.

 

 

La vivienda se vendió el XXXX de 20XX por XXXX € (XXXX pts) y quedando por amortizar el importe del préstamo hipotecario que ascendía en ese momento a XXXX €, con lo que el remanente de la venta fue de XXXX €, de los cuales la demandada recibió XXXX € y mi representado el resto.

 

 

Todos estos datos constan en la escritura pública de compra-venta que quedó en poder de la demandada, y que desde este momento se le requiere su aportación al presente procedimiento judicial, todo ello a los efectos legales oportunos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 328 LEC.

 

 

 

Asimismo el Sr. XXXX incurre actualmente en unos gastos de XXXX euros/mes por gasto de habitación, en tanto en cuanto accedió a la compra de una vivienda, habiendo suscrito una hipoteca en el año 2014, cuyo último recibo se aporta como DOC.Nº11.

 

 

 

Además en el año 20XX accedió a la compra de una vivienda sobre plano, a través de una cooperativa denominada XXXX y finalmente tras abonar las correspondientes aportaciones económicas durante tres años todo resultó ser una estafa, y la cooperativa fue declarada en concurso de acreedores el XXXX de 20XX, dejando a los socios sin su vivienda y sin el dinero aportado.

 

 

 

A fecha de hoy el concurso de acreedores sigue su curso judicial, sin existir aún liquidación de la cooperativa, por lo que mi representado ha perdido, por causas no imputables, el importe total de XXXX euros que había destinado a la compra de una vivienda.

 

 

Se adjunta documentación acreditativa de estos extremos como DOC.Nº12, 13 y 14.

 

 

 

DÑA. SEVERINA XXXX, es funcionaria del XXXX desde el año 20XX y actualmente percibe aproximadamente y salvo error, unos ingresos NETOS mensuales de media anual por rendimientos del trabajo de XXXX euros, lo que posiblemente, suponga un incremento de sus ingresos en relación con el momento en el que se suscribieron los convenios de separación y divorcio, en el que prestaba sus servicios para la mercantil XXXX hasta que fue despedida en el año 20XX, recibiendo una indemnización de XXXX días por año trabajado por más de XXXX años de trabajo y cuya cuantía supuso un enriquecimiento patrimonial de la demandada.

 

 

 

A ello debemos añadir que no tiene gasto de habitación, en tanto en cuanto su vivienda, en la que reside con el hijo, se encuentra totalmente pagada y sin cargas, ya que se le facilito la adquisición de una vivienda en el momento de la separación en el año 20XX.

 

 

 

En este sentido, dadas las circunstancias actuales, teniendo en cuenta que los gastos educativos se asumen actualmente por los progenitores al 50% y analizando las necesidades del hijo entendemos que debe adecuarse la pensión alimenticia y establecerse en el importe mensual de XXXX mensuales actualizables conforme al IPC que se publique el día 1 de enero de cada año.

 

 

Asimismo, los gastos extraordinarios del hijo deben abonarse al 50% por ambos progenitores, por lo que entendemos que el importe de la pensión de alimentos es adecuado a las necesidades actuales del hijo y a los ingresos de los progenitores.

 

En este sentido se aporta como DOC.Nº15, la estimación de la pensión alimenticia realizada con las tablas orientadoras para determinar las pensiones alimenticias de los hijos en los procesos de familia elaboradas por el CGPJ, que asciende a XXXX euros.

 



 

 

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes:

 

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

 

I.- JURISDICCION Y COMPETENCIA.- Es competente el Juzgado al que tengo el honor de dirigirme a tenor de lo establecido en el artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

Asimismo, es competente ese Juzgado por ser el que conoció del procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo XXXX y dictó la Sentencia el día XXXX de 20XX.

 

II.- LEGITIMACION ACTIVA Y PASIVA.- Concurren en el actor  y demandada los requisitos establecidos en el art. 10 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

III.- DEFENSA TECNICA Y REPRESENTACION.- Se cumplen las normas procesales de postulación y defensa técnica, ya que la demanda se presenta por medio de Procurador con poder apud acta y bajo la dirección Letrada firmante de la misma conforme a lo dispuesto en los artículos 23,  25, 31 y 750 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

IV.- HABILIDAD PROCESAL. NORMAS SUSTANTIVAS.-  Los artículos 90 y 91, in fine, del Código civil, y el artículo 775 de la Ley 1/2000, admiten la posibilidad de modificar las medidas complementarias acordadas en una  sentencia firme recaída en pleito matrimonial de separación, divorcio o nulidad, o como en el presente caso de Relaciones familiares a tenor de lo dispuesto en el art 770 6ª de la LEC ya sea de mutuo acuerdo o contradictorio, condicionando el éxito de la pretensión  modificativa al hecho de  que se haya producido una alteración sustancial de las circunstancias tenidas en consideración al aprobarlas o adoptarlas.

 

Siguiendo la abundante línea jurisprudencial ha de precisarse que “las medidas aprobadas judicialmente en los procesos de separación o divorcio o de relaciones familiares,  no quedan inderogable e indefinidamente fijadas, pues, del mismo modo que la situación vital a que responden está sujeta a cambios,  pueden ser también modificadas, si bien se requiere que exista una alteración sustancial de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta al momento de su adopción”.

 

Según el penúltimo párrafo del artículo 90 del CC: “Las medidas que el Juez acuerde en defecto de acuerdo, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente, o por nuevo convenio, cuando se alteren sustancialmente las circunstancias

 

Por su parte el artículo 91, in fine, del CC establece que: “estas medidas podrán ser modificadas cuando se alteren sustancialmente las circunstancias”.

 

Para la modificación de medidas, y según reiterada jurisprudencia, es necesaria la concurrencia de las siguientes circunstancias:

 

1º. Que el cambio sea sustancial y esencial, no secundario o accesorio

 

2º. Que goce de una cierta permanencia en el tiempo

 

3º. Que resulte de la comparación de las circunstancias habidas en el momento de la primitiva resolución y las existentes al tiempo de la solicitud modificadora

 

4º. Y ESENCIALMENTE DEBE TENERSE EN CUENTA QUE UNICAMENTE PODRÁ JUSTIFICAR UNA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO APROBADO JUDICIALMENTE, LA ALTERACIÓN QUE NO SEA AQUELLA QUE LAS PARTES PUDIERON RAZONABLEMENTE CONTEMPLAR PARA EMITIR SU CONSENTIMIENTO, pues en caso contrario se trataría más bien de una revisión de lo ya acordado y no del ajuste de la regulación preestablecida a una situación fáctica que ha devenido distinta

 

En consecuencia, no pueden encuadrarse en las antedichas previsiones legales, aquellos cambios de circunstancias que ya fueron contemplados, en visión de futuro, al momento de dictarse la resolución judicial que se intenta modificar, o se intuyera su advenimiento en un elemental cálculo previsor.

 

En el presente caso, tal alteración ha resultado fehacientemente acreditada, ya que habiendo transcurrido catorce años desde que fueran adoptadas las medidas que hoy se pretenden modificar, tanto las circunstancias del progenitor no custodio como las circunstancias del hijo han cambiado.

En el presente caso, tal alteración ha resultado fehacientemente acreditada, ya que tanto las circunstancias del progenitor no custodio como las circunstancias del hijo han cambiado.

 

V.- PROCEDIMIENTO.- De conformidad con el art. 775 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil las peticiones de modificación de medidas definitivas se tramitarán conforme a lo dispuesto en el artículo 770.

 

El citado precepto establece que estas demandas se sustanciarán por los trámites del juicio verbal conforme a lo establecido en el Capítulo I de este Título y  con sujeción a las reglas contenidas en el citado precepto.

 

VI.- COSTAS.- Se condene en costas a la parte demandada si con temeridad y mala fe se opusiera a la presente demanda, conforme previene el Art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

 

En su virtud,

 

SUPLICO AL JUZGADO: Que habiendo por presentado este escrito con los documentos y copias que se acompañan, se sirva admitirlo; tener por instada, en nombre de DON ISAAC XXXX, demanda de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS  acordadas en Sentencia de divorcio de mutuo acuerdo dictada por este Juzgado el día XXXX de 20XX, contra DÑA. SEVERINA XXXX y tras los trámites legales oportunos dicte sentencia por la que se acuerde MODIFICAR LA SENTENCIA referida, y se establezca el importe de la pensión de alimentos del hijo, en la cuantía de XXXX EUROS (XXXX euros mensuales) actualizables conforme al IPC del mes de enero de cada año, manteniendo el resto de pronunciamientos de la Sentencia referida.

 

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada, si con temeridad y mala fe se opusiera a la presente demanda.

 

Es Justicia que pido en Madrid, a XXXX de 20XX.

 

OTROSI PRIMERO DIGO: Que siendo el poder que se otorga APUD ACTA.

 

AL JUZGADO SUPLICO: Acuerde señalar día y hora para su ratificación ante el Secretario Judicial.

 

SEGUNDO OTROSI DIGO: Que para el momento procesal oportuno, interesa al derecho de esta parte el recibimiento del pleito a prueba.

 

AL JUZGADO SUPLICO: Se acuerde de conformidad a lo solicitado.

 

TERCER OTROSI DIGO: A efectos probatorios se designan los archivos y registros correspondientes a todos aquellos organismos y entidades que han quedado reseñados en el presente escrito, así como que guarden relación con los documentos que se aportan con el mismo, por lo que,

 

SUPLICO AL JUZGADO: tenga por efectuada la anterior designación de archivos a los efectos oportunos

 

CUARTO OTROSI DIGO: Que en virtud del artículo 293, siguientes y concordantes de la LEC, esta parte viene a efectuar la siguiente PROPOSICION DE PRUEBA ANTICIPADA, con la finalidad de que se practique con anterioridad al acto de la comparecencia del pleito principal y a fin de acreditar en ella la actual y real situación patrimonial de mi representado y de DÑA. SEVERINA XXXX  (necesaria para acreditar sus reales ingresos y en consecuencia las cantidades a abonar en concepto de alimentos).

 

A estos efectos venimos a solicitar como prueba anticipada:

 

1º Se libre atento OFICIO a la mercantil XXXX con domicilio en XXXX, a los efectos de remitir al presente procedimiento:

 

-        FECHA DE DESPIDO DE LA TRABAJADORA  Dña. SEVERINA XXXX, con DNI XXXX Y CUANTÍA INDEMNIZATORIA QUE PERCIBIÓ COMO CONSECUENCIA DEL DESPIDO.

 

-        El oficio será diligenciado por el propio Juzgado

 

2º. Se libre atento oficio a la AGENCIA TRIBUTARIA, a fin de que aporte a las actuaciones la Declaración de la renta de Dña. SEVERINA XXXX, con DNI XXXX, correspondiente al año 20XX, 20XX y al año 20XX, por no poder disponer esta parte de dicha declaración.

 

El oficio será diligenciado por el propio Juzgado

 

3º. Se libre oficio a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a fin de que se aporte a las actuaciones informe de vida laboral actualizado de la siguiente persona: Dña. SEVERINA XXXX, con DNI XXXX

 

El oficio será diligenciado por el propio Juzgado

 

4º. A la vista de la anterior contestación, se libre oficio a la entidad  en la que en su caso se encuentre dada de alta como trabajadora la anterior persona, a fin de que por quien corresponda se aporte a las actuaciones certificado acreditativo de los ingresos de todo tipo que por el trabajo desarrollado en la misma, percibe Dña. SEVERINA XXXX, con DNI XXXX

 

El oficio será diligenciado por el propio Juzgado

 

5º. Se libre oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial del Decanato de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción de XXXX Y AL PUNTO NEUTRO JUDICIAL, interesando se facilite información sobre los bienes que posea la siguiente persona: Dña. SEVERINA XXXX, con XXXX.

 

El oficio será diligenciado por el propio Juzgado

 

Por lo que

 

SUPLICO AL JUZGADO: Tenga por propuesta la anterior PRUEBA ANTICIPADA, sirviéndose admitirla y acordando lo conducente para su práctica con anterioridad al acto de la comparecencia en el pleito principal.

 

QUINTO OTROSÍ DIGO: Que al amparo de lo establecido en los arts.328, 293 y correlativos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y desconociendo esta parte los ingresos actuales de la demandada, solicitamos sea REQUERIDA y APORTADA por la demandada, Dña. SEVERINA XXXX, la siguiente documentación:

 

- Copia de la declaración de la renta correspondiente al año 20XX, 20XX y 20XX.

- Últimas doce nóminas.

-Escritura de Compraventa de fecha XXXX de 20XX, relativa a la venta del domicilio familiar y de la que dispone la demandada.

 

AL JUZGADO SUPLICO: Se acuerde de conformidad con lo solicitado.

 

SEXTO OTROSI DIGO: Que en este escrito se han intentado cumplir con los requisitos exigidos por la Ley, y en este caso de haber cometido algún defecto involuntario, solicitamos que se acuerde de conformidad con el art. 231 de la Ley de Enjuiciamiento Civil su subsanación en la forma y plazo que la Ley determine a tal fin.

 

AL JUZGADO SUPLICO: Se acuerde de conformidad con lo solicitado.

 

Por ser de justicia que pido en lugar y fecha ut supra.

  

Fdo: César Sánchez Sánchez

Colegiado 49.711 ICAM